CARTA DE PORTE O CUMPLIDO
Es el documento de transporte por vía terrestre que expide el transportador y que tiene los mismos efectos del conocimiento de embarque.
CONFERENCIA MARÍTIMA
Son grupos de navieros organizados con el fin de fijar tarifas y condiciones de transporte uniformes, racionalizar los itinerarios y acuerdos de distribución de cargas con el fin de evitar competencias ruinosas de las líneas de navegación que operan una misma ruta.
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE (BILL OF LAIDING O B/l)
Es el documento que el transportador marítimo expide como certificación de que ha tomado a su cargo la mercancía para entregarla contra la presentación del mismo en el punto de destino, a quien figure como consignatario de esta o a quien la haya adquirido por endoso total o parcial, como constancia del flete convenido y como representativo del contrato de fletamento establecido.
CONSIGNATARIO
Es la persona natural o jurídica a quien el remitente o embarcador en el exterior envía una mercancía, o a quien se le haya endosado el documento de transporte.
CONTENEDOR
Es un recipiente consistente en una gran caja estandarizada para facilitar la manipulación y estiba a bordo de un medio de transporte. Se utiliza para el transporte sin cambio de embalaje desde el punto de partida hasta el punto de llegada por lo cual garantiza seguridad a las mercancías.
CONTRATO DE FLETAMENTO
Es el término que designa un contrato de alquiler total o parcial de un medio de transporte.
COTIZACIÓN
Es el documento mediante el cual se hace una oferta, estimando unos costos y condiciones que se van a mantener durante algún tiempo sin que esto signifique ningún compromiso con el comprador.
CUENTA DE FLETES
Es la cuenta que se crea por concepto de un transporte o movilización de mercancías de un lugar a otro. Es emitida por el agente o representante de la empresa transportadora.
Es el documento de transporte por vía terrestre que expide el transportador y que tiene los mismos efectos del conocimiento de embarque.
CONFERENCIA MARÍTIMA
Son grupos de navieros organizados con el fin de fijar tarifas y condiciones de transporte uniformes, racionalizar los itinerarios y acuerdos de distribución de cargas con el fin de evitar competencias ruinosas de las líneas de navegación que operan una misma ruta.
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE (BILL OF LAIDING O B/l)
Es el documento que el transportador marítimo expide como certificación de que ha tomado a su cargo la mercancía para entregarla contra la presentación del mismo en el punto de destino, a quien figure como consignatario de esta o a quien la haya adquirido por endoso total o parcial, como constancia del flete convenido y como representativo del contrato de fletamento establecido.
CONSIGNATARIO
Es la persona natural o jurídica a quien el remitente o embarcador en el exterior envía una mercancía, o a quien se le haya endosado el documento de transporte.
CONTENEDOR
Es un recipiente consistente en una gran caja estandarizada para facilitar la manipulación y estiba a bordo de un medio de transporte. Se utiliza para el transporte sin cambio de embalaje desde el punto de partida hasta el punto de llegada por lo cual garantiza seguridad a las mercancías.
CONTRATO DE FLETAMENTO
Es el término que designa un contrato de alquiler total o parcial de un medio de transporte.
COTIZACIÓN
Es el documento mediante el cual se hace una oferta, estimando unos costos y condiciones que se van a mantener durante algún tiempo sin que esto signifique ningún compromiso con el comprador.
CUENTA DE FLETES
Es la cuenta que se crea por concepto de un transporte o movilización de mercancías de un lugar a otro. Es emitida por el agente o representante de la empresa transportadora.