SOCIEDADES DE INTERMEDIACIÓN ADUANERA (S.I.A.)
Son las personas jurídicas cuyo objeto social principal es el ejercicio de la intermediación aduanera, para lo cual deben obtener autorización por parte de la DIAN.
Son las personas jurídicas cuyo objeto social principal es el ejercicio de la intermediación aduanera, para lo cual deben obtener autorización por parte de la DIAN.
También se consideran S.I.A. los Almacenes generales de Depósito sometidos al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria cuando ejerzan la actividad de intermediación aduanera respecto de las mercancías consignadas o endosadas a su nombre en el documento de transporte y hubieren obtenido autorización de la DIAN para ejercer dicha actividad.
El pasado 6 de agosto de 2008 el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2883 a través del cual se introdujeron importantes modificaciones al Estatuto Aduanero en relación con los requisitos que se han de exigir a las “Sociedades de Intermediación Aduanera” (SIA) y que cuando entre en vigencia el decreto tendrán que empezar a ser llamadas únicamente como “Agencias Aduaneras”
SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL
Es la entidad encargada de administrar los puertos públicos que fueron recibidos del estado en concesión.